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Violación de una Orden de Restricción (Código Penal § 273.6) en California

violating restraining order in California

Violar una Orden de Restricción Puede Conllevar Cárcel, Multas y Consecuencias Duraderas.

Las órdenes de restricción—también llamadas órdenes de protección—son emitidas por los tribunales para proteger a una persona contra el acoso, las amenazas o el abuso. En California, violar intencional y conscientemente una orden de restricción es un delito bajo el Código Penal § 273.6.

Lo que muchos no saben es lo fácil que puede ser enfrentar acusaciones por una supuesta violación de este tipo de orden. Una llamada, un mensaje de texto, presentarse en un lugar donde se encuentra la persona protegida, o incluso el contacto indirecto a través de un tercero, puede ser suficiente para que la fiscalía presente cargos.

En The Nieves Law Firm, representamos a clientes acusados de violar órdenes de restricción, a menudo en situaciones que involucran malentendidos, contactos accidentales o disputas familiares. A continuación, explicamos qué establece la ley, las posibles sanciones y las defensas legales disponibles.

¿Qué Prohíbe el Código Penal § 273.6?

El Código Penal § 273.6 de California tipifica como delito violar intencional y a sabiendas los términos de una orden de protección válida.

Estas órdenes pueden emitirse en diferentes contextos, tales como:

  • Órdenes de violencia doméstica bajo el Código de Familia
  • Órdenes de acoso civil bajo el Código de Procedimiento Civil
  • Órdenes de violencia en el lugar de trabajo
  • Órdenes de abuso de ancianos o adultos dependientes bajo el Código de Bienestar e Instituciones
  • Órdenes de protección en casos penales emitidas dentro de un proceso criminal

La ley también se aplica a órdenes emitidas en otros estados que son reconocidas por los tribunales de California.

¿Qué Constituye una Violación?

Algunas conductas que pueden considerarse violaciones incluyen:

  • Contactar a la persona protegida por teléfono, mensaje de texto, correo electrónico o redes sociales
  • Presentarse en su hogar, lugar de trabajo u otro sitio protegido
  • Intentar comunicarse de manera indirecta a través de un tercero
  • Poseer armas de fuego mientras está sujeto a la orden
  • Cualquier conducta específica que la orden prohíba (por ejemplo, acoso o amenazas)

La fiscalía debe probar que usted conocía la existencia de la orden y que la violó voluntaria y conscientemente.

Sanciones por Violar una Orden de Restricción

Generalmente, las violaciones del § 273.6 se procesan como delitos menores, pero las sanciones aumentan si hay lesiones, reincidencia u otros factores agravantes.

Delito Menor (PC § 273.6(a))

  • Hasta 1 año en la cárcel del condado
  • Multas de hasta $1,000
  • Libertad condicional y programas de consejería obligatorios
  • Restitución a la víctima por gastos de consejería u otros costos

Violación con Lesiones (PC § 273.6(b))

Si la violación causa lesión física, las sanciones son más severas:

  • De 30 días a 1 año en la cárcel del condado
  • Multas de hasta $2,000
  • El juez puede reducir el mínimo de 30 días a 48 horas en algunos casos, considerando la seguridad de la víctima y otros factores

Reincidencia (PC § 273.6(d)–(e))

  • Una segunda condena en 7 años que involucre violencia o amenazas creíbles puede castigarse con hasta 1 año en cárcel del condado o pena de prisión conforme al § 1170(h).
  • Si la reincidencia resulta en lesión física, la pena mínima aumenta a 6 meses de cárcel (aunque puede reducirse a 30 días en casos excepcionales).

Restricción de Armas de Fuego (PC § 273.6(g))

Cualquier persona sujeta a una orden de restricción tiene prohibido poseer, comprar o recibir armas de fuego. Violaciones a esta disposición pueden resultar en cargos adicionales por delito grave bajo el § 29825.

Factores que Considera el Tribunal

Al imponer una sentencia, los jueces pueden evaluar:

  • La gravedad de la violación
  • Si hubo lesiones físicas
  • La probabilidad de futuras violaciones
  • Antecedentes del acusado
  • Si el acusado participa en programas de consejería o tratamiento
  • La seguridad continua de la persona protegida

Defensas Legales Contra Cargos de Violación de Orden de Restricción

En The Nieves Law Firm, sabemos que muchas acusaciones no son tan claras como parecen. Defensas comunes incluyen:

1. Falta de Notificación de la Orden

No se le puede condenar si nunca fue debidamente notificado de la orden.

2. No Hubo Violación Intencional

La ley requiere intención. Un encuentro accidental en un lugar público, sin planificación previa, puede no constituir una violación.

3. Alegaciones Falsas

En disputas familiares o de pareja, no son raras las denuncias falsas o exageradas.

4. Evidencia Insuficiente

La fiscalía debe probar más allá de duda razonable que la violación fue intencional. Si la evidencia es débil, el caso puede ser impugnado.

5. Orden Inválida o Expirada

Si la orden no fue emitida correctamente o había expirado, no puede aplicarse el § 273.6.

Por Qué Estos Cargos Son Serios

Aunque muchas violaciones de órdenes de restricción se procesan como delitos menores, sus efectos pueden ser duraderos:

  • Creación de un antecedente penal permanente
  • Impacto negativo en casos de custodia de menores o visitas
  • Consecuencias migratorias para no ciudadanos
  • Posibilidad de que cargos futuros escalen a delitos graves

Por estas razones, es fundamental contar con una defensa sólida desde el inicio.

Cómo Puede Ayudar The Nieves Law Firm

Sabemos que los casos de órdenes de restricción suelen darse en situaciones complicadas: conflictos familiares, procesos de divorcio o disputas domésticas. Muchas veces, lo que parece una violación clara resulta ser un malentendido o un incidente menor.

En The Nieves Law Firm:

  • Investigamos las circunstancias del presunto incumplimiento
  • Revisamos si usted fue notificado correctamente
  • Desafiamos alegaciones falsas o pruebas débiles
  • Buscamos reducciones de cargos, alternativas a la cárcel o desestimaciones

¿Acusado de Violar una Orden de Restricción? Tome Acción Hoy.

Si enfrenta cargos bajo el Código Penal § 273.6 por supuesta violación de una orden de restricción, no está solo. Usted todavía tiene derechos, y con la defensa adecuada puede proteger su libertad y su futuro.

Llame hoy a The Nieves Law Firm o solicite una consulta en línea. Estamos listos para ayudarle a enfrentar esta acusación con la estrategia adecuada.

Author Bio

Jo-Anna Nieves

Jo-Anna Nieves is the Founder and Managing Attorney of The Nieves Law Firm, an Oakland criminal defense law firm she created in 2012. With more than 11 years of experience in criminal defense, she has zealously represented clients in a wide range of legal matters, including DUIs, domestic violence, expungement, federal crimes, juvenile law, motions to vacate, sex crimes, violent crimes, and other criminal charges.

Jo-Anna has received numerous accolades for her work, including being named a Super Lawyer Rising Star the past 9 years, the #12 Fastest Growing Law Firm in the U.S. by Law Firm 500 in 2019, and one of the fastest growing companies in the U.S. by Inc 5000 in 2023 and 2024.

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